El personal de la UNSJ deberá dirigirse al Centro Médico Libertador o comunicarse al 4218231.
El Departamento de Control Médico, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría Administrativo Financiera, informa a los agentes de la UNSJ que tengan que realizar trámites correspondientes a esta unidad deberán realizarlo personalmente en el Centro Médico Libertador (Av. Libertador 457 Este) o telefónicamente al 4218231 en horario de mañana de 07:30hs. a 10:30hs. Este departamento permanecerá cerrado desde el 05/01/2015 hasta el 01/02/2015 inclusive, a partir del 02/02/2015 atenderemos en forma habitual en el subsuelo de calle mitre 396-este. IMPORTANTE: Se le recuerda al personal que solo deben dar licencias los agentes que se encuentran prestando servicio, las prórrogas por largo tratamiento , accidente de trabajo y las maternidades. Cortos Tratamientos y Atención de Familiar (solo por hijo menor) solo corresponden si son más de 5 (cinco) días de reposo y la patología lo amerite, quedando a criterio del médico Auditor la autorización de la solicitud de licencia.
El personal de la UNSJ deberá dirigirse al Centro Médico Libertador o comunicarse al 4218231.
El Departamento de Control Médico, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría Administrativo Financiera, informa a los agentes de la UNSJ que tengan que realizar trámites correspondientes a esta unidad deberán realizarlo personalmente en el Centro Médico Libertador (Av. Libertador 457 Este) o telefónicamente al 4218231 en horario de mañana de 07:30hs. a 10:30hs. Este departamento permanecerá cerrado desde el 05/01/2015 hasta el 01/02/2015 inclusive, a partir del 02/02/2015 atenderemos en forma habitual en el subsuelo de calle mitre 396-este. IMPORTANTE: Se le recuerda al personal que solo deben dar licencias los agentes que se encuentran prestando servicio, las prórrogas por largo tratamiento , accidente de trabajo y las maternidades. Cortos Tratamientos y Atención de Familiar (solo por hijo menor) solo corresponden si son más de 5 (cinco) días de reposo y la patología lo amerite, quedando a criterio del médico Auditor la autorización de la solicitud de licencia.