BECAS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

Con el objeto de estimular las actividades de vinculación, articulación y transferencia entre la UNSJ y la sociedad, el Consejo Superior aprobó en 1998 la ordenanza Nº 6, que establece un Régimen de Proyectos y Programas en el área de Extensión Universitaria. Estos Proyectos son acciones interdisciplinarias que contribuyen a la generación, trasmisión y transferencia de conocimientos, con la participación de todos los sectores de la comunidad universitaria.

Obligaciones de los/as becarios/as

  • Registrar una duración mínima de 10 horas semanales de cumplimiento de las obligaciones que están expresadas en el Plan de Trabajo del Proyecto.
  • Presentar los informes que le sean solicitados y poner a disposición de la Secretaría de Extensión toda la información relativa a su labor como becario/a.
  • Asistir a las actividades de capacitación que determine el responsable del Proyecto.
  • No perder la condición de alumno/a regular.
  • La sola presentación de solicitud de beca implica que el aspirante conoce las disposiciones de la ordenanza 06/98-CS y la aceptación de todas las obligaciones que se establezcan.

Becarios/as

La ordenanza 06/98-CS establece que la Convocatoria a Programas y Proyectos Bianuales de Vinculación, Articulación y Transferencia en el área de Extensión Universitaria, contará con un régimen de Becas de Extensión universitaria (Anexo V) para estimular la participación de egresados y estudiantes.

Las becas de Extensión Universitaria tienen una duración bianual. Están destinadas a estudiantes avanzados/as que hayan aprobado el 70% como mínimo de las materias de su currícula y a egresados/as con no más de dos años de recibidos/as. Pueden presentarse en cada convocatoria aquellos/as que lo hagan por primera vez, como los/as que ya han sido beneficiados/as.

Luego de la postulación, las solicitudes son evaluadas por el CONEX (Consejo de Extensión). Este Consejo analiza, evalúa y aconseja sobre las becas a otorgar, sus montos y el proyecto en el que desarrollá su actividad el/la becario/a.

El Consejo Superior decide sobre la adjudicación de becas a partir del informe del CONEX.

Estudiantes preuniversitarios

Asistente U

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