BECAS DE POSGRADO

Ordenanza Nº 06/2019 C.S.

Becas Internas de Posgrado

Constituyen el beneficio económico y académico que la Universidad Nacional de San Juan otorga al personal docente, nodocente y egresados de esta casa de altos estudios, para realizar estudios de posgrado (especialización, maestría o doctorado) dentro del ámbito de esta universidad; de acuerdo con las disposiciones del presente régimen (ORD. 06/2019 C.S. Anexo I).

Requisitos y condiciones de las Becas Internas de Posgrado

1. Requisitos de Postulación

  • Vínculo Institucional: Acreditar la condición de personal docente, nodocente o egresado/a de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ).
  • Compatibilidad de Cargos: No encontrarse desempeñando cargos de autoridad superior en esta casa de altos estudios.
  • Validez de la Carrera: La carrera de posgrado elegida debe estar debidamente acreditada por el organismo nacional correspondiente (CONEAU).

2. Características del Beneficio y Duración

  • Asignación Económica: Consiste en un monto anual destinado a cubrir un porcentaje del costo de la matrícula de la carrera, sujeto a la disponibilidad presupuestaria vigente.
  • Plazo de Ejecución: Las becas internas tendrán una duración inicial de un (1) año y podrán renovarse por igual período, de acuerdo con el nivel de posgrado y los siguientes topes máximos:
    • Especialización: Hasta una (1) renovación.
    • Maestría: Hasta dos (2) renovaciones.
    • Doctorado: Hasta tres (3) renovaciones.

3. Procedimiento de Solicitud

  • Tramitación: Los/as postulantes deberán iniciar un expediente de solicitud de beca a través de la Mesa de Entradas de la Facultad a la cual pertenece la carrera de posgrado.
  • Documentación: Se debe adjuntar la totalidad de los requisitos establecidos en el Anexo I de la Ordenanza N.º 06/19-CS.

Becas Externas de Posgrado

Constituyen el beneficio económico y académico que la Universidad Nacional de San Juan otorga a docentes y nodocentes de esta casa de altos estudios, para realizar estudios de posgrado en otras universidades del país o extranjero, tienen por objeto promover la formación de recursos humanos altamente capacitados, propiciando estudios de posgrado en aquellas disciplinas que potencien el desarrollo de nuestra universidad; de acuerdo con las disposiciones del presente régimen (ORD. 06/2019 C.S. Anexo II).

Las solicitudes de Becas Externas para universidades nacionales serán admisibles únicamente cuando la carrera de posgrado no se encuentre dictada y acreditada en el ámbito de la UNSJ. Asimismo, se considerarán solicitudes para realizar estudios en el exterior, siempre que la oferta académica correspondiente no esté disponible o acreditada en ninguna institución universitaria del país.

Requisitos y condiciones de las Becas Externas de Posgrado

1. Requisitos de Postulación

  • Vínculo Institucional: Acreditar la condición de personal docente, investigador/a o personal no docente de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ).
  • Compatibilidad de Cargos: No encontrarse desempeñando cargos de autoridad superior en esta casa de altos estudios.
  • Validez de la Carrera: La carrera de posgrado elegida debe estar debidamente acreditada por el organismo nacional correspondiente (CONEAU).

2. Características del Beneficio y Duración

  • Asignación Económica: Consiste en un monto anual destinado a cubrir un porcentaje del costo de la matrícula de la carrera y de gastos de viajes y viáticos; sujeto a disponibilidad presupuestaria.
  • Plazo de Ejecución: Las becas internas tendrán una duración inicial de un (1) año y podrán renovarse por igual período, de acuerdo con el nivel de posgrado y los siguientes topes máximos:
    • Especialización: Hasta una (1) renovación.
    • Maestría: Hasta dos (2) renovaciones.
    • Doctorado: Hasta tres (3) renovaciones.

3. Procedimiento de Solicitud

  • Tramitación: Los/as postulantes deberán iniciar un expediente de solicitud de beca, por Mesa de Entradas de la Unidad Académica/Administrativa en donde desempeñan sus actividades.
  • Documentación: Se debe adjuntar la totalidad de los requisitos establecidos en el Anexo II de la Ordenanza N.º 06/19-CS.
Estudiantes preuniversitarios

Asistente U

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