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HACIA EL CENTENARIO

2018: Año de la Reforma Universitaria

El Ejecutivo Nacional declaró 2018 como el año que conmemora el hecho educativo y político que significó esta Reforma.

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Recientemente se publicó en el Boletín Oficial de la Nación un decreto mediante el cual se declara 2018 como el "Año del Centenario de la Reforma Universitaria". Mediante este decreto, Nº 5/2018, toda la documentación oficial de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada y Entes Autárquicos deberá llevar inscripta la leyenda que indica éste como el año de la Reforma Universitaria (RU). Además el Ejecutivo Nacional deberá realizar acciones que permitan la reflexión, conmemoración y actualización de este hecho, su significado y su legado. Esta declaración se fundamenta en que el movimiento estudiantil y político que fue la RU, iniciado en Córdoba en 1918, sentó las principales bases del actual Sistema Universitario. Y que, para celebrar su centenario, se pretende que la comunidad estudiantil y académica en su conjunto diseñe e implemente acciones que permitan analizar los cambios producidos por la RU en la educación pública superior. En línea con otras instituciones universitarias nacionales, la UNSJ comenzó a trabajar en 2017 en un proyecto institucional (Ver en el sitio de la UNSJ) cuyo objetivo es dar visibilización al Centenario de la RU. Dicho proyecto pretende articular la investigación, la creación y la extensión, en torno a la Reforma, de manera que habilite el reconocimiento social y la reflexión sobre la Reforma. En este sentido, desde el área de la Secretaría de Comunicación, el magíster Elio Noé Salcedo produjo un conjunto de textos reunidos en las "Crónicas de la Reforma Universitaria" publicadas en Revista La U y disponibles en línea en www.revista.unsj.edu.ar A continuación, se reproduce el texto del citado decreto: Decreto 5/2018 Declaración. Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Que en el año 2018 se cumplen CIEN (100) años de la Reforma Universitaria. Que dicha Reforma tuvo sus orígenes en el movimiento estudiantil que se inició en el año 1918 en la Universidad Nacional de Córdoba, REPÚBLICA ARGENTINA, y que sentó las principales bases del actual Sistema Universitario Nacional, tales como la autonomía universitaria, el cogobierno, la extensión universitaria, la libertad y periodicidad de las cátedras. Que para celebrar su centenario, desde el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, por intermedio de la Secretaría de Políticas Universitarias, se están llevando a cabo acciones conjuntas con las instituciones universitarias, los cuerpos académicos y estudiantiles, para diseñar e implementar propuestas que evoquen y analicen los cambios producidos en aquél entonces y reflexionar sobre el rol de la Universidad Pública en el Siglo XXI. Que la presente norma tiene el propósito de acompañar el objetivo de evocar, analizar y actualizar el legado de esta gesta protagonizada por los estudiantes universitarios en el año 1918. Que poniendo en valor el significado histórico y sus postulados en el actual Sistema Educativo Nacional, es que se propone resaltar en el año de su centenario, la Reforma Universitaria de 1918. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1°.- Declárase el Año 2018 como el “AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”. ARTÍCULO 2°.- Dispónese que durante el Año 2018, toda la documentación oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la leyenda “2018 - AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”. ARTÍCULO 3°.- En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará acciones tendientes a rememorar, destacar y reflexionar junto a las instituciones universitarias y su comunidad académica y estudiantil, el significado de la Reforma Universitaria de 1918 y su legado. ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto. ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. e. 08/01/2018 N° 1084/18 v. 08/01/2018 Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina